Luces del vehículo: cuándo encenderlas y cuándo es infracción
Las luces no son para ver: son para que te vean y para avisar qué vas a hacer. El reglamento fija cuándo encenderlas y cuándo el uso indebido es una infracción.
Luces bajas y altas
Las bajas se usan de noche en ciudad y siempre que haya otros vehículos, porque iluminan sin encandilar. Las altas son para vías sin iluminación y sin tráfico de frente; cuando aparece otro vehículo hay que bajarlas.
El reglamento fija la distancia de cambio: a 150 metros en carretera y 75 metros en calles y avenidas. Es una de las preguntas de números del examen.
Cuándo es obligatorio encenderlas
Entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m., y también de día cuando hay lluvia, neblina o cualquier condición que reduzca la visibilidad. En esas condiciones no encenderlas es una infracción, aunque se vea bien.
Luces intermitentes
Las direccionales anuncian un giro o un cambio de carril y se encienden antes de mover el volante. Las de emergencia no son un permiso para estacionar en cualquier lugar: se usan para señalizar una avería o una detención forzada.
Lo que el reglamento prohíbe
Está prohibido usar luces que encandilen, portar luces rojas al frente, luces blancas atrás y cualquier dispositivo que confunda al resto de los conductores. También lo está circular con luces apagadas en un vehículo que las tiene.
La conexión con el examen práctico
En la prueba práctica, no encender las direccionales al salir o al cambiar de carril se penaliza. Es un detalle que se aprende estudiando el teórico y que se pierde por nervios en la práctica.
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